Estatutos del campus de UM-Flint para la gobernanza compartida

Artículo I. Definiciones

Sección I.01 Definiciones incorporadas
Los términos "Facultad", "Personal profesional", "Facultad rectora" y "Personal docente" tendrán los significados que se les atribuyen en la Estatutos de los Regentes de la Universidad de Michigan, Sección 5.01. El término "Canciller" tiene el significado que se le atribuye al término "The University of Michigan-Flint: The Chancellor" en el Regentes de la Universidad de Michigan Estatutos, Sección 2.03.

Sección I.02 Unidad Académica
El término "Unidad Académica" significa una unidad administrativa creada con fines educativos y de investigación, como una universidad, una escuela o una biblioteca.

Articulo II. El Senado de la Facultad

Sección II.01 Constitución del Senado de la Facultad
La Universidad de Michigan-Flint ("UM-Flint") tendrá un Senado de la Facultad que estará compuesto por los miembros de las facultades de gobierno de las escuelas y colegios, bibliotecarios y curadores profesionales, los miembros del gabinete de la UM-Flint y los decanos. de las escuelas y colegios. [Sección 4.01 de los estatutos de los regentes]

Sección II.02 Facultades y Deberes del Senado de la Facultad

(a) Autoridad

El Senado de la Facultad está autorizado para considerar cualquier tema relacionado con los intereses de UM-Flint y hacer recomendaciones al Canciller y a la Junta de Regentes, quienes tienen la máxima autoridad para tomar decisiones. Las decisiones del Senado de la Facultad con respecto a los asuntos de su jurisdicción constituyen la acción vinculante de las facultades de la UM-Flint. La jurisdicción sobre las políticas académicas reside en las facultades de las distintas escuelas y colegios, pero cuando una acción de varias facultades afecta la política de UM-Flint en su conjunto o escuelas y colegios distintos de aquél en el que se origina, la acción se presentará ante la Facultad. Senado. [Sección 4.01 de los estatutos de los regentes]

(B) Gobierno

El Senado de la Facultad puede adoptar reglas relativas a su propio gobierno, procedimientos, funcionarios y comités. [Sección 4.02 de los estatutos de los regentes] En ausencia de reglas específicas que indiquen lo contrario, las reglas de procedimiento parlamentario descritas en las Reglas de Orden de Robert serán seguidas por el Senado de la Facultad, el Consejo del Senado de la Facultad, las facultades, los comités, las juntas y otros órganos deliberantes de la academia. unidades. [Sección 5.04 de los estatutos de los regentes]

(c) Consejo del Senado de la Facultad

Habrá un Consejo del Senado de la Facultad del Senado de la Facultad como se describe en el Artículo III de estos Estatutos. El Consejo del Senado de la Facultad (el "Consejo del Senado") servirá como el brazo legislativo del Senado de la Facultad y constituye los únicos funcionarios que representan al Senado de la Facultad. Una acción del Consejo del Senado tiene el efecto de una acción del Senado de la Facultad a menos que y hasta que sea revocada por el Senado de la Facultad. [Sección 4.0 de los estatutos de los regentes] Los miembros del Consejo del Senado representarán los intereses de la Universidad de Michigan (la “Universidad”) en su conjunto y actuarán en beneficio de los intereses generales de UM-Flint.

(d) Comités del Senado de la Facultad

El Senado de la Facultad, a través del Consejo del Senado, puede crear comités permanentes para asistirlo en su trabajo. El Consejo del Senado puede crear comités ad hoc para ayudarlo con su trabajo, según sea necesario. El Senado de la Facultad o el Consejo del Senado, según corresponda, puede definir las calificaciones para ser miembro de los comités, establecer el número de miembros del comité, establecer cómo serán nombrados o elegidos, determinar los términos de su cargo y definir sus deberes y obligaciones. . Los miembros de los comités permanentes y ad hoc representarán los intereses de la Universidad en su conjunto y actuarán en beneficio de los intereses generales de la UM-Flint.

Sección II.03 Reuniones del Senado de la Facultad

(A) Reuniones regulares

Las reuniones regulares del Senado de la Facultad serán convocadas por el presidente del Consejo del Senado, quien preside estas reuniones. El Senado de la Facultad se reunirá al menos una vez cada semestre de otoño e invierno para considerar temas de importancia fundamental para UM-Flint.

(b) Reuniones extraordinarias

Se podrá convocar una reunión especial del Senado de la Facultad para discutir un tema descrito en una petición que sea firmada por al menos diez miembros del Senado de la Facultad y presentada al presidente del Consejo del Senado.

c) Orden del día

La agenda, las propuestas a abordar y los materiales de apoyo relacionados se circularán normalmente al menos una semana, y en ningún caso después de tres días hábiles, antes de cualquier reunión del Senado de la Facultad. El Consejo de la Cámara de Senadores preparará propuestas para estas reuniones sobre asuntos que serán sometidos a votación por el Senado de la Facultad. El presidente determinará la agenda final en consulta con el Consejo del Senado.

(D) Parlamentario

El Senado de la Facultad elegirá un parlamentario por un período de tres años y podrá servir hasta dos períodos consecutivos a la vez. Este miembro de la facultad servirá como parlamentario en las reuniones del Senado de la Facultad y como recurso para los procedimientos parlamentarios durante su mandato. En su ausencia, el presidente del Consejo del Senado nombrará a un miembro del Senado de la Facultad para que actúe como parlamentario.

(e) Quórum, discusión y votación

El veinticinco por ciento de los miembros votantes del Senado de la Facultad constituye quórum para realizar negocios y aprobar artículos, incluidas enmiendas, derogación o adopción de cualquier política; realizar elecciones y expresar opiniones sobre las políticas de la Universidad. Cuando una reunión tiene menos del quórum, el cuerpo reunido puede recibir informes y escuchar presentaciones, discutir cualquier asunto adecuadamente ante ellos y aplazar la reunión para otro día, pero no pueden convocar ni tomar ninguna votación sobre ningún asunto.

Independientemente del número de miembros del Senado de la Facultad presentes, una reunión del Senado de la Facultad discutirá todos los asuntos en la agenda, todas las mociones introducidas por el Consejo del Senado y todas las mociones hechas por los miembros del Senado de la Facultad en las reuniones. Sin embargo, sin quórum, no se votarán mociones.

Todas las mociones principales (como se definen en las Reglas de Orden de Robert) requieren una mayoría de tres cuartos de los miembros del Senado de la Facultad presentes en una reunión para ser aprobadas en dicha reunión. Si una moción recibe menos de una mayoría simple de votos, no se aprueba y no avanza. Si una moción es aprobada por mayoría simple pero menos de tres cuartos de la mayoría de votos, la moción se votará mediante boleta electrónica utilizando el siguiente proceso: El presidente electo / secretario del Consejo del Senado preparará la boleta, organizando y subordinando mociones relacionadas para que la votación produzca un resultado consistente. Todas esas mociones estarán acompañadas por el informe del presidente electo / secretario de la discusión relevante en la reunión del Senado de la Facultad y por todo el material que el presidente del Consejo del Senado considere apropiado, incluidas las razones para apoyar o oponerse a la moción.

La boleta electrónica se circulará dentro de una semana de la reunión del Senado de la Facultad, y los votos se pueden emitir durante los siete días calendario posteriores a la circulación de la boleta. El presidente electo / secretario del Consejo del Senado informará sin demora los resultados numéricos de la votación al Senado de la Facultad una vez finalizado el tiempo de votación. El Consejo del Senado podrá acelerar el calendario de votaciones cuando una mayoría del Consejo del Senado crea que la situación lo amerita.

(f) Observadores

Las reuniones del Senado de la Facultad están abiertas a cualquier persona que desee asistir, pero el Senado de la Facultad puede pasar a una sesión ejecutiva con el voto de una mayoría simple de los miembros presentes del Senado de la Facultad.

(g) Reuniones remotas

Las reuniones del Senado de la Facultad se pueden llevar a cabo en persona o por conferencia telefónica, comunicación electrónica por pantalla de video u otra comunicación electrónica. El presidente electo / secretario anunciará el formato de la reunión cuando se anuncie la reunión a la facultad. Los miembros pueden participar en cualquier reunión a través de una conferencia telefónica, comunicación por pantalla de video electrónico u otra comunicación electrónica siempre que todos los miembros de la reunión puedan comunicarse entre sí al mismo tiempo. El Senado de la Facultad podrá adoptar políticas y procedimientos para la conducción de reuniones a distancia, siempre que sean consistentes con este párrafo.

Articulo III. El Consejo del Senado de la Facultad

Sección III.01 Membresía
El Consejo del Senado estará integrado inicialmente por los siguientes miembros: un presidente, un presidente electo / secretario, un ex presidente y un representante de cada una de las unidades académicas, a excepción de la Facultad de Artes y Ciencias que tendrá dos representantes. El Consejo del Senado también puede elegir tener entre sus miembros representantes de los comités asesores selectos que establezca el Senado de la Facultad. El Canciller y el Rector, o sus representantes, podrán asistir a todas las reuniones del Consejo del Senado y, periódicamente, serán invitados a participar en las reuniones del Consejo del Senado, a menos que el Consejo del Senado esté en sesión ejecutiva. Cada tres años, el Consejo del Senado revisará la composición del Consejo del Senado, incluyendo el número de representantes de cada unidad académica, y podrá hacer una recomendación al Senado de la Facultad para actualizar la composición del Consejo del Senado. Cualquier recomendación de este tipo debe ser aprobada por una mayoría de dos tercios de los miembros del Senado de la Facultad votando mediante una boleta electrónica utilizando el proceso prescrito en estos Estatutos y entrará en vigencia el siguiente período del Consejo del Senado.

Sección III.02 Elecciones de los representantes del Consejo del Senado
Cada unidad académica nominará a su representante (s) por un período de tres años. Los términos serán escalonados para elegir aproximadamente un tercio del Consejo del Senado cada año. Los mandatos de los miembros del Consejo del Senado van desde el 1 de mayo hasta el 30 de abril.

Cuando se le invite a unirse al Consejo del Senado, un comité asesor designará a su representante en el Consejo del Senado, quien servirá por un período de un año. Un representante puede servir hasta tres mandatos consecutivos.

Una persona puede servir en el Consejo del Senado en más de una capacidad (por ejemplo, como funcionario, representante de una unidad académica o representante de un comité asesor) en años consecutivos, por un máximo de seis años consecutivos. Esa persona puede volver a servir después de una rotación de un año fuera del Consejo del Senado. 

Las elecciones de los miembros del Consejo del Senado se llevarán a cabo al mismo tiempo que las elecciones de los miembros de los comités establecidos de conformidad con la Sección II.02 (d) de los Estatutos del Senado de Flint. Una vacante de hasta un año entre los representantes de la unidad académica será cubierta por el Consejo del Senado, con los nominados proporcionados por la unidad académica.

Sección III.03 Oficiales del Consejo del Senado

(A) Elecciones y mandato

Cada año, el Senado de la Facultad elegirá a alguien para servir por un período de tres años en el Consejo del Senado que servirá como presidente electo / secretario durante el primer año del período, presidente el segundo año y ex presidente el tercer año. Solo los miembros de la facultad que no sean elegibles para un año sabático o que estén dispuestos a retrasar un período sabático programado durante los dos años académicos posteriores a la elección serán elegibles para la elección como presidente electo / secretario.

(B) Función

(i) Presidente. El presidente del Consejo del Senado preside las reuniones del Senado de la Facultad y el Consejo del Senado. El presidente recopila los elementos que se colocarán en la agenda de las reuniones del Senado de la Facultad, crea una agenda para estas reuniones y distribuye al Senado de la Facultad las notificaciones y agendas de las reuniones del Senado de la Facultad. Las convocatorias y órdenes del día normalmente se distribuyen por lo menos una semana, pero en ningún caso más de tres días hábiles, antes de la hora establecida para la reunión. En caso de emergencia, el Senado de la Facultad podrá reunirse y suspender esta regla por mayoría de votos de los miembros del Senado de la Facultad presentes en la reunión.

(Ii) Presidente electo / Secretario. El presidente electo / secretario sirve como secretario del Senado de la Facultad y el Consejo del Senado y preside las reuniones del Senado de la Facultad y el Consejo del Senado cuando el presidente está ausente.

El presidente electo / secretario registra y pone a disposición del público las actas de todas las reuniones del Senado de la Facultad, las actas del Consejo del Senado y cualquier comité permanente o ad hoc del Senado de la Facultad o el Consejo del Senado, cualquier informe especial, incluidos los del Senado. Consejo, y todas las demás actuaciones oficiales de la Facultad UM-Flint.

(c) Vacantes

Si surge una vacante en el puesto de presidente electo / secretario, se llevará a cabo una nueva elección por el procedimiento habitual lo antes posible. Si surge una vacante en el puesto de presidente, el presidente anterior ocupará el puesto por el resto del período restante, así como el puesto de presidente anterior. Si surge una vacante en el puesto de ex presidente, no se cubrirá.

Sección III.04 Reuniones del Consejo del Senado

(A) Programación

El Consejo del Senado se reunirá al menos una vez al mes de septiembre a mayo. Se pueden programar reuniones adicionales a lo largo del año calendario a discreción del presidente. El presidente convocará una reunión del Consejo del Senado dentro de los cuatro días hábiles cuando lo soliciten tres o más miembros del Consejo del Senado.

(b) Anuncios y agenda

El presidente electo / secretario proporcionará un aviso por escrito de una reunión del Consejo del Senado a todos los miembros del Senado de la Facultad, al presidente del Gobierno Estudiantil y al editor del periódico estudiantil a tiempo para que se entregue normalmente al menos una semana, y en en ningún caso menos de tres días hábiles, antes de la reunión. El Consejo del Senado podrá suspender esta regla cuando crea que una situación lo amerita.

Cualquier miembro de la facultad de UM-Flint puede presentar al presidente propuestas para enmendar, derogar o adoptar reglas o políticas vigentes dentro del ámbito del Consejo del Senado. Las propuestas deben recibirse al menos tres días hábiles antes de la reunión y deben circular a todos los miembros del Consejo del Senado al menos dos días hábiles antes de la reunión.

El presidente preparará una agenda ordenada para cada reunión del Consejo del Senado y la entregará con materiales de apoyo al menos tres días hábiles antes de la reunión a las personas notificadas de la reunión. La agenda incluirá todos los asuntos nuevos de los que tenga conocimiento el Consejo del Senado en el momento de la circulación. Los asuntos nuevos que no estén en la agenda circulada y que cumplan con los requisitos del párrafo anterior serán considerados por el Consejo del Senado después de abordar los puntos de la agenda circulada.

(c) Quórum

La mayoría de los miembros votantes del Consejo del Senado constituye quórum para realizar negocios y aprobar artículos, incluidas enmiendas, reales o adopción de cualquier política; realizar elecciones; y expresar opiniones sobre las políticas de la Universidad. Cuando una reunión del Consejo del Senado tiene menos del quórum, el cuerpo reunido puede recibir informes y escuchar presentaciones, discutir cualquier asunto adecuadamente ante ellos y aplazar la reunión para otro día, pero no pueden convocar ni tomar votaciones sobre ningún otro asunto.

(d) Observadores

Las reuniones del Consejo del Senado están abiertas a cualquier persona que desee asistir, pero el Consejo del Senado puede pasar a una sesión ejecutiva con el voto de una mayoría simple de los miembros del Consejo del Senado presentes.

(e) Reuniones remotas

Las reuniones del Consejo del Senado pueden llevarse a cabo en persona o por conferencia telefónica, comunicación electrónica por pantalla de video u otra comunicación electrónica. El presidente electo / secretario anunciará el formato de la reunión cuando se anuncie la reunión al Consejo. Los miembros pueden participar en cualquier reunión a través de una conferencia telefónica, comunicación por pantalla de video electrónico u otra comunicación electrónica siempre que todos los miembros de la reunión puedan comunicarse entre sí al mismo tiempo. (Esto refleja el lenguaje anterior sobre el Senado de la Facultad.

Articulo IV. Enmiendas a estos estatutos

Cualquier miembro del Senado de la Facultad al Consejo del Senado podrá presentar propuestas de enmiendas a estos Estatutos. El Consejo del Senado considerará tales propuestas y comunicará sus recomendaciones para su consideración en una reunión del Senado de la Facultad. Se notificará al Senado de la Facultad de cualquier enmienda propuesta a estos Estatutos al menos catorce días antes de la reunión en la que se considerará.

Todas las modificaciones a estos Estatutos deben ser aprobadas por una mayoría de dos tercios de los miembros del Senado de la Facultad votando mediante una boleta electrónica utilizando el proceso descrito en estos Estatutos.

Se puede acceder a los documentos UM-Faculty Senate & Shared Governance aquí.

Publicado el 22 de octubre de 2020 tras la aprobación de la Junta de Regentes de la UM.