Equidad, derechos civiles y Título IX


Creación de la Oficina de Equidad, Derechos Civiles y Título IX
La Universidad de Michigan anunció amplias revisiones a su enfoque para abordar la conducta sexual inapropiada, incluida la creación de una nueva oficina con nuevos recursos significativos para el apoyo, la educación y la prevención, así como compartir nuevos detalles sobre un proceso que incluirá el desarrollo de una comunidad compartida. valores. La nueva unidad multidisciplinaria, la Oficina de Equidad, Derechos Civiles y Título IX, albergará muchas de las funciones críticas en torno al trabajo de equidad y derechos civiles, incluido el Título IX, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y otras formas de discriminación. Este reemplazará y subsumirá la Oficina de Equidad Institucional de la universidad. Leer más en el Expediente universitario.


La Universidad de Michigan-Flint se compromete a crear y mantener un entorno de trabajo y aprendizaje que acepte las diferencias individuales. La diversidad es fundamental para nuestra misión. Celebramos, reconocemos y valoramos la diversidad. 

La Oficina de Equidad, Derechos Civiles y Título IX (ECRT) se compromete a garantizar que todo el personal, el cuerpo docente y los estudiantes tengan el mismo acceso y oportunidades, y reciban el apoyo necesario para tener éxito independientemente de su raza, color, nacionalidad, edad, estado civil. , sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, discapacidad, religión, altura, peso o condición de veterano. Además, estamos comprometidos con los principios de igualdad de oportunidades en todos los programas, actividades y eventos laborales, educativos y de investigación, así como con el uso de acciones afirmativas para cultivar y mantener un entorno que fomente la igualdad de oportunidades.

ECRT proporciona: 

  • Información, consulta, capacitación y recursos para la comunidad del campus con respecto a la diversidad, la prevención del acoso y la discriminación, la acción afirmativa, la igualdad de oportunidades y los asuntos de discapacidad;
  • Consulta individual con administradores de la comunidad del campus, supervisores, personal, profesores, estudiantes y administradores;
  • Investigación neutral para todas las denuncias de acoso y discriminación;
  • Apoyo a los esfuerzos de cumplimiento del campus en las áreas de igualdad de oportunidades, acción afirmativa, prevención del acoso y discriminación, y cumplimiento de todas las leyes de derechos civiles estatales y federales aplicables.

Servicios adicionales:

  • Interpretar, comunicar y aplicar las políticas y procedimientos de la universidad.
  • Resolver los desafíos del lugar de trabajo y desarrollar metas y objetivos apropiados.
  • Desarrollar estrategias para crear equipos de alto rendimiento.
  • Identificar iniciativas de formación
  • Abordar muchas otras necesidades en el lugar de trabajo, incluidas las acusaciones de acoso o trato injusto en el lugar de trabajo.

Título IX

El Título IX de la Ley de Enmiendas a la Educación de 1972 es una ley federal que establece: "Ninguna persona en los Estados Unidos podrá, por motivos de sexo, ser excluida de participar, negársele los beneficios o ser objeto de discriminación bajo ningún concepto programa educativo o actividad que recibe asistencia financiera federal.

El Título IX prohíbe la discriminación basada en el sexo en los programas y actividades de educación en las escuelas financiadas con fondos federales. El Título IX protege a todos los estudiantes, empleados y otras personas de todas las formas de discriminación sexual.

El Coordinador del Título IX es responsable de los siguientes deberes y actividades:

  • Asegurar que UM-Flint cumpla con el Título IX y otras leyes relacionadas.
  • Creación y aplicación de políticas y procedimientos universitarios relacionados con el Título IX.
  • Coordinación de implementación y administración de procedimientos e investigaciones de denuncias.
  • Trabajando para crear un entorno de aprendizaje y trabajo seguro en el campus.

Política de no discriminación
La Universidad de Michigan, como empleador que ofrece igualdad de oportunidades y acción afirmativa, cumple con todas las leyes federales y estatales aplicables con respecto a la no discriminación y la acción afirmativa. La Universidad de Michigan está comprometida con una política de igualdad de oportunidades para todas las personas y no discrimina por motivos de raza, color, nacionalidad, edad, estado civil, sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, discapacidad, religión, altura, peso o condición de veterano en el empleo, programas y actividades educativos y admisiones. Las consultas o quejas pueden dirigirse al Director Senior de Equidad Institucional y Coordinador del Título IX / Sección 504 / ADA, Oficina de Equidad Institucional, Edificio de Servicios Administrativos 2072, Ann Arbor, Michigan 48109-1432, 734-763-0235, TTY 734- 647-1388. Las consultas o quejas de la Universidad de Michigan-Flint pueden dirigirse a la Oficina de Equidad, Derechos Civiles y Título IX (ECRT).